REEMPADRONAMIENTO DE TRABAJADORES AUTONOMOS
Entre el 1º de marzo y el 15 de agosto de 2007 los trabajadores autónomos deben reempadronarse, según se establece en el Decreto Nº1866/2006 (B.O. 15.12.2006) y la Resolución General AFIP 2217 (B.O. 23.02.2007).
A continuación publicamos un informe al respecto elaborado por la asesoría contable de la SCA.
Por cualquier duda, consulta y/o asesoramiento, los socios SCA, con su cuota social al día, serán atendidos en forma gratuita por los doctores Suárez y Sanzone, teléfono 4896-1410.
Reempadronamiento de Trabajadores Autónomos
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